Skip Navigation LinksInicio > Operaciones y Servicios > Energía Eléctrica

Mercado Eléctrico

La Ley N° 24.065 sancionada por el Congreso en enero de 1992 definió el Marco Regulatorio en que se encuadra el Mercado Eléctrico Argentino, una actividad de propósito público realizada por agentes privados. Dicho Marco estableció la desintegración vertical del Sector Eléctrico, quedando así definidos los siguientes participantes:

  • Generación
  • Transporte
  • Distribución
  • Grandes Usuarios
  • Comercializadores

La Secretaría de Energía fue la responsable de llevar a cabo el objetivo establecido en la Ley N° 24.065. Para el negocio de Generación, creó un Mercado Eléctrico librado a condiciones de competencia. Para los negocios de Transporte y Distribución, en cambio, dadas sus características monopólicas, estableció Contratos de Concesión.

El Transporte recibió un tratamiento especial, debido a sus características monopólicas y la necesidad de garantizar el libre acceso por parte de todos los agentes del Mercado a su servicio. Se sancionaron Reglamentos que establecen las condiciones de acceso a la capacidad de transporte existente, los mecanismos de su ampliación, y los requisitos técnicos para la operación de la red dentro de los niveles de calidad y confiabilidad pretendidos. El negocio se encuadró dentro de un Contrato de Concesión que establece las obligaciones y penalizaciones del operador y el régimen tarifario a utilizar.

Las Concesiones de Distribución para el área abastecida por la ex empresa SEGBA realizadas por la Secretaría de Energía establecieron las obligaciones, tarifas y demás regulaciones que fijan las condiciones del operador del negocio de Distribución. Las mismas buscan garantizar el abastecimiento al usuario dentro de determinadas condiciones de calidad de servicio y con un predeterminado esquema tarifario.

Los Grandes Usuarios están constituidos por aquellos agentes que pueden contratar el servicio directamente con Generadores. Se los caracteriza por el módulo de potencia y energía demandados, que son fijados por la reglamentación. Actualmente, pueden ingresar al Mercado Eléctrico Mayorista los usuarios con un consumo mayor a los 0,03 MW (30 Kw.) conectados en media o baja tensión.

Los Comercializadores interactúan en el mercado fomentando la competencia. No constituyen una obligación para los agentes del Mercado Eléctrico Mayorista sino que son una opción adicional para obtener productos y servicios. Los comercializadores permiten una mejor adaptación a los requerimientos energéticos de los clientes por medio de la oferta de productos diferenciados.

La creación del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) permitió definir un ámbito para la realización de las transacciones de energía a nivel mayorista, con una sanción de precios objetiva y transparente que refleja el costo económico de producción. Mediante Resoluciones de la Secretaría de Energía, se establecieron las normas que regulan la compra/venta de energía y potencia, los servicios prestados por los agentes y la fijación de precios horarios.

Para obtener más información, haga click en alguno de los siguientes ítems:

Objetivos en la creación del MEM

  • Definir un Mercado dónde existan condiciones favorables de competencia en la oferta.
  • Optimizar el uso de los recursos energéticos disponibles para abastecer a la demanda eléctrica con el menor costo posible, respetando los requerimientos de calidad de servicio establecidos y con reglas claras para la sanción de precios que reflejen el costo económico de abastecimiento.
  • Mantener una operación unificada del Sistema Eléctrico a través de un único organismo (Organismo Encargado del Despacho) que coordine la operación y realice el despacho óptimo de la oferta garantizando en cada momento el balance entre la producción y el consumo, teniendo en cuenta las características variables de la demanda en el tiempo.
  • Definir el Servicio de Transporte garantizando el libre acceso al mismo y definiendo su costo en función del uso y de la adaptación de la red a los requerimientos del MEM.
Volver >>

Organismos que intervienen en la Regulación y la Administración del Mercado Eléctrico Mayorista

El Estado Nacional participa en el Mercado Eléctrico como regulador y controlador.
Para ello intervienen dos organismos: La Secretaría de Energía y El Ente Nacional de Regulación Eléctrica (ENRE).
La Secretaría de Energía tiene como responsabilidad principal la organización del Mercado y la definición de las normas y regulaciones necesarias.
A su vez, está a cargo de la definición de las políticas tarifarias.

El Ente Nacional de Regulación Eléctrica (ENRE) es el encargado de supervisar el cumplimiento de las normas y obligaciones por parte de los concesionarios, y atender objeciones y oposiciones de los intereses afectados.
La creación del MEM tiene también como objeto establecer un organismo encargado del despacho y de la administración del Mercado Eléctrico.

Las tareas de dicho organismo fueron delegadas a la Compañía Administradora del Mercado Eléctrico Mayorista (CAMMESA), de cuya dirección participan los agentes activos, o sea Generadores, Distribuidores, Grandes Usuarios, Transportistas y el Estado Nacional.

Volver >>

Principales responsabilidades de CAMMESA

  • Operar centralizadamente el sistema eléctrico en tiempo real, manteniendo el balance entre producción y consumo y coordinando los requerimientos de la red.
  • Realizar el despacho económico de la oferta de generación.
  • Sancionar los precios del MEM, estacionales (semestrales) y spot (con frecuencia horaria), para la producción de energía eléctrica.
  • Administrar las transacciones económicas entre los agentes del MEM por cuenta y orden de estos.
Volver >>

Asociaciones

Los agentes del MEM se han agrupado en Asociaciones a través de las cuales pueden actuar aunando necesidades o reclamos comunes:

  • La Asociación de Generadores (AGEERA);
  • La Asociación de Distribuidores (ADEERA);
  • La Asociación de Transportadores (ATEERA);
  • La Asociación de Grandes Usuarios (AGUEERA).

A cada Asociación le corresponden dos Directores en CAMMESA.
De este modo en la administración del MEM intervienen indirectamente todos sus agentes.
La participación activa de cada agente en particular dependerá de su intervención y grado de dedicación a las actividades de su Asociación.

Volver >>

volver